1- Prohibir la circulación y utilización en todas sus formas de animales en el tiro de vehículos de tracción a sangre, en todo el ejido de la ciudad de Rosario.
2- La infracción al punto anterior dará lugar a la retención y depósito del vehículo de tracción a sangre en dependencias municipales y el infractor deberá abonar el importe de la multa fijada.
3- El animal afectado al vehículo quedará afectado a revisión de su estado de salud. La Municipalidad dispondrá de lugares donde podrán ser depositados, asegurando su cuidado y mantención hasta tanto sean devueltos a sus propietarios si así se estableciese, o bien sean entregados a nuevos propietarios.
4- La Municipalidad, a través del departamento que corresponda, será el organismo encargado de ordenar la entrega del animal, previo cumplimiento de los siguientes puntos:
. Justificación de la propiedad por medio de certificado u otro documento que evidencie la misma.
. El pago de la multa respectiva a la infracción y los gastos que surjan del traslado, mantención y cuidado del animal.
5- El departamento municipal que lleve a cabo el control y la retención de los animales, deberá tomar registro detallando tipo de animal, pelo, marca y/o señal y el lugar donde quedó alojado. Asimismo, se dejará asentado el estado de salud del mismo luego de su revisión por parte de personal idóneo.
6- Transcurridos treinta (30) días de la retención del animal sin que su propietario lo haya reclamado, el mismo quedará en comiso pudiendo la Municipalidad disponer del mismo para la donación a entidades o personas que lo soliciten, bajo la reglamentación que se emita.
7- Las sanciones establecidas por el incumplimiento de esta ordenanza son sin perjuicio de las acciones penales establecidas por la Ley Nacional de Protección Animal 14.346/54 y las acciones civiles a que hubiere lugar contra los propietarios o tenedores por los daños que causare el animal.
8- Todos los actuales propietarios de vehículos a tracción a sangre que utilizasen los mismos como medio de trabajo tendrán acceso, de acuerdo a reglamentación municipal, a un vehículo de carga tipo triciclo que reemplace el anterior y el cual pueda ser conducido por su propietario.
Firmá la petición! http://www.ipetitions.com/petition/proyectoanimalrosario/index.html
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